acreedores adjudicatarios de los bienes de los señores Echaide y Cia. para exigir al doctor Alberto Houssay el cumplimiento de una transacción celebrada en el juicio de convocación de ucreedores,se presenta el representante del demandado poniendo la excepción de incompetencia de jurisdicción sosteniendo que no ha hecho transacción en los nutos referidos porque no hay acciones deducilas en juicio. Que la transneción es ineficáz porque no fué aprobada, que el ucto de que se trata, noes mercantil; que tampoco son comerciantes las partes interesadas por razón de dicho acto (fs. 13 y 22).
2" Que según resulta del expediente agregado, durante la tramitación del juicia de convocación de acreedores se presen16 el demandado y observa la partida del balance respectivo en la cual figura como acreedor, sosteniendo que el contrato de compra-venta de una propiedad, que se dá como causa de esa obligación, quedó rescindido, y en consecuencia, pide se declare que dicha partida no debefigurar en el pasivo de los dendores, «formando incidente por separado si fuere necesario» (fs. 40 exp. agregado).
3" Que el Juezque entendía en aquel juicio confirió traslado de ese escrito úlos deudores, ú los acreedores, interventores y al contador (fs. 41 vta.) Los primeros contestaron oponiéndose á las pretensiones de Huuasay (fs. 43) y encontrándose en ese estado el incidente se aprobó la adjudicación de bienes del deudor (fs. 81), y se dió intervención al representante de los acreedores corriémiole traslado del referido escrito de fs. 40, expediente agregado vénse fs. 85).
4" Que ocho dias despues de haber recibido las cúpias (fs.
88 vía. y cargos de fs, 92) se presentan por una parte don Emilio Houssay en representación de don Alberto Houssay y por la otra don Ignacio Fraga por los acreedores adjudicatarios «en lus autos que el doctor Houssay promoviera contra estos últi
Compartir
61Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1907, CSJN Fallos: 107:58
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-107/pagina-58
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 107 en el número: 58 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos