al Juez de 1" Instancia del Rosario da Santa Fé, Notifíquese von el original y repónguse el papel.
A. Benuro.--Qcrtavio Buxak, Nicanor G. pet SoLar.—M.
P. Daracrt:—C. Moyaxo Ga
CITÚA.
CAUSA XLII
Don Ricardo Dios contra la provincia de Santa Fé, por cobro de pesos; subre falla de personería del ejecntunte Sumario.-—1' El artículo 076 del Código de Comercio no se opone á que, en lus juicios ejecutivos en él previstos, pueda alegarse la falta de personería del ejecutante ú otros medios de defensa análogos, relativos al procedimiento y no é la bondad intrínsuca de lus letras de vambio, 2 Acreditada la calidad de extranjero del cesionario ejecutante y la de vecinu de otra provincia del cedente, provede la ejecución de unu letra de tesorería concebida ú la orden, no prolestada á su vencimiento y cedida en la forma de endoso autorizada pur el artículo 14556 del Código Civil; sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1471 del mismo [ digo.
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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:13
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