CAUSA XLIII
Don Cúrlos Dubini en autos con don León Zalustro, por cobro de pesos. Recurso de hecho Sumario.—La imposición de una multa por infracción á la ley nacional de papel sellado, ordenada como incidente de! juicio por un juez de provincia cuya competencia para conocer del fondo del asunto no ha sido desconocida, nu importa, á los tines del recurso autorizado por el artículo 14 de la ley núm, 48, una violación de la garantía cunsagrula por el artículo 31 de la Constitución Nacional.
Cuso.—Lo explica el siguiente:
DICTANEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte; Del escrito en que el recurrente don Cárlva Dubini ampara el recurso de hecho que trae ante V.E. con arreglo al artículo 14 inciso 2' de la ley nú. 48, se desprende que, con motivo de un juicio ejecutivo por cobro de pesos, que le sigue dun León Zalustra ante el señor Juez de 1° Instancia enlo Civil de La Plata doctor Lascano, secretaria Guecco, se ha dictado providencia en virtud de la cual se leaplica multa por la infracción ú la ley de sellos nacionales, que el recurrente había cometido en la Capital Federal, en documentos que presentó
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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:16
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