Martinez, faliada en diez y seis de Marzo de mil noveciento cinco y sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada de fojas 102, en cuanto dispone que debe entregarse al demandante el premio eu tierras que le corresponda como expedicionario en la campaña del Rio Negro, revocándose en lo relativo ú la condenación en costas que contiene. Notifiquese con el uriginal y repuestos los sellos, devuélvanse, Nicanor CG. DEL SotaR.—M, P.
Daracr, —C. Movaso Gact
CAUSA LIIF
Don Ulvildo Chicharro contra la Provincia de Buenos Aires, sobre cobro de pesos Sumario —Contratada 4 nombre propio por el gobierno de la provincia de Buenos Aires la publicación del Rogistro Cívico Nacional, es contra él que el locador tiene acción pura el cobro del precio convenido por ese trahajo.
Caso.—Resulta del siguiente:
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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:123
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