manda se aducen para solicitar su rechazo, corresponde examinar la demanda en sí misma y en sus Muduamentos, En la demanda se pide que la mación sen condenada al cumplimiento de los contralos que en ella se refieren; pero como en el escrito de demanda se invoca única y exclusivamente el contrato de arrendamiento de que trata el expediente administrativo, que esta Cámara ha ordenado tríer para mejor resolver, es obvio que la demanda solo versa sobre dicho contrato y que la sentencia tiene que recuer sobre ese punto Mnieto metales, Para mayor ilustración de la acción deducida conviene servirse de las constancias del expediente mdministrativo eitado Letra A núm. 214.
Habiéndose desaprobudo la mensura de los enmpos arren— dados, el señor Arteche se presentó al Ministerio de Agricultura, y despues de formular varios cargos contra la Olicina de Gendesia, hueía las siguientes peticiones: que se suspendiera el cobro de las letras firmadas por arrendamientos y que no sele exija más hasta tanto no se fijen nuevos términos para los vencimientos, con relación ú la fecha de aprobación de la mensura, y después de escriturado y tomado posesión; que habiéndose vendido el campo arrendado y debiendo hacerse su mensura, creía equitativo sele dispensara de la segunda mensura y se utilizara para el arrendamiento, la que se tiene que beer para la propiedad trasmitida, £, 16 yv. Expediente midministrativo citado, Previo los informes del censo, y que el actor relaciona en su demanda, el P, E. dictó el siguiente decreto: Vista la solicitud de don Iipólito Arteche para que se modifiquen los términos del arrendamiento y se le exima de hacer nueva mensura, y considerando que no corresponde al gobierno resolver sobre esas gestiones por enanto el área arrendada ha sido adjudicada en propiedad a don Constantino Enehelma
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Año: 1906, CSJN Fallos: 106:281
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