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Fallos: 105:361 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Parané, Agusto 3 de 1908, Vistos:

La sentencia apelada de fs, 37, de fecha 21 de Febrero del presente año, recaí:la en los autos seguidos por el Hanco Nacional en liquidación, contra don A. E. Corrales por cobro ejecutivo de pesos, Considerando:

Que con arreglo ú lo dispuesto por el artículo 19 de la ley de liquidación del Banco que se expresa, este en cualquier momento y desde el vencimiento de la deuda que se persigue ha podido demandar su pago íntegro, puesto que el deudor según consta de autos, habíase dejado protestar la letra respectiva y no habia intentado tampoco arreglo alguno con aquél.

Por lo expuesto, lo que este tribunal tiene resuelto en los juicios seguidos pur el Banco de la Nación Argentina contra los señores José Manuel Febre Zavalía y José Enrique Febre, respectivamente (libro 1" de sentencias de la Cámara, páginas 278 y 279, 45 y 18 de Mayo de 1903) y por los propios fundamentos de la sentencia recurrida, se confirma ¿sta en toJas sus partes, cun costas.

Háguse saber y repuestos los sellos devuélvase.

P. Flores Vera.—José Marcó.

Fortunato Calderón,

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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:361 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-361

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