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Fallos: 105:244 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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4" Que la producida por la parte del albacea no ha ¡legado sí, ú demostrar ú juicio del suscrito, digámoslo mejor, no ha Í producido en el ánimo del mismo, el convencimiento de que | la intención de Moreno fuese cambiar su domicilio en 'Tucumán y establecerse en la Capital de la República, | En erecto, en las escrituras públicas otorgadas en la Capital manifiesta aquél estar domiciliado en la enlle Santa Fe, pero al mismo tiempo otorgaba escrituras en Tucumán en las que decínse domiciliado en Monteros, departamento de esta provincia.

5' Que el hecho probado de tener fuertes depósitos en los Bancos de la Capital en dinero y en títulos, no demuestra, tampoco, la intención de cambiar de domicilio, porque como lo hace notar el señor Agente Fiscal, esos depósitos y esos títulos responden úá los fondos que procedían de la resolución en luenos Aires, por medio de la casa Ocampo, de los azúcures y alcoholes que fabricaba en el ingenio Santa Lucia, 6" Que el hecho tambien probado de haber adquirido la casa de la calle Santa Fé. rienpaco puede reputarse decisivo en la cuestión, ni tiene la 1.jortancia que le atribuye la parte del albacen, desde que corresponde ú la misma causa que los depósitos en los Bancos y se trataba de una colocación más ventajosa: así debe interpretarse dado el tacto comercial que le sirvió de base ú la fortuan que hizo, del faudo del Ingenio, y así lo prueba el hecho de que esa casa en su mayor parte, estaba alquilada, produciendo la renta que buscó Moreno para el capital invertido, renta que no le daban sus depúsitos en los bancos, establecimientos éstos, que no pagan la mitad quizás de interés sobre capitales depositados que los que dan las propiedades inmuebles arrendadas.

7 Que entrando en este gúnero de consideraciones, es de notar, que en conjunto de la prueba producida por ambas partes, resulta que en estos últimos años Moreno vivía alter

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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:244 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-244

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