Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 105:222 de la CSJN Argentina - Año: 1906

Anterior ... | Siguiente ...

o, 222 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE n petencia del Juez exhortante para intervenir en los autos tes tamentarios de don Martin Istilart, ' Que el recurso para ante esta Suprema Corte, fundado en lu dispuesto por el artículo 6 de la ley de Setiembre 13 de 18963, que se cita en el auto de fs. 216 vta. no es procedente, por no ser aplicable esa disposición legal ú los procedimientos seguidos para el cumplimiento de un exhorto, Por esto, devuélvanse ú los juzgados respectivos las actuaciones pendientes, debiendo agregarse copia de esta resolución en las que corresponden al señor Juez de la Pampa Central, a á fin de que á la brevedad posible se pronuncie sobre si se é considera competente para conocer en la testamentaria de Istilart, ó cumpla el exhorto que se le ha remitido, Notifíq quese con el original y repónganse los sellos, q A. DenuEJo. —OcTA vio HENGE.— 1 Nicaxoh G, DEL SoLan.—M.

P. Darier.—C. Movayo CGa

CITÚA.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

69

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1906, CSJN Fallos: 105:222 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-222

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 105 en el número: 222 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos