revoca el auto apelado de f. 100 vuelta. Notifíquese y devuélvase.
Angel Ferreyra Cortés.—Juan Agustin Garcia (hijo).—Anyel D: Rojas.
DICTAMEN. DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Airos, Abril 7 de 1906.
Suprema Corte:
Tomando en cuenta el presente recurso interpuesto y concedido por el inferior á F. 114, el ue, si bien afecta en cierta manera las condiciones legales de la extradición otorgada en el caso por V. E.; envuelve una revisión de la sentencia dictada á f. 7G —revisión que es de todo punto improcedente provocada en la manera que lo ha sido, y duda la firmeza de las sentencias dictadas por V. E.
Eau tules conceptos, repito que V. E. debe considerar mal otorgado este recurso que, de prosperar envolvería la revisión improcedente á que me he referido, y por ende rechazarlo en todas sus partes Julio Botet.
FALLO DE LA SUPHESMA CORTE
Buenos Aires, Abril 7 de 1908.
Vistos y Considerando:
El fundamento aducido por la Cámara Federal de Apelación respecto á la procedencia del recurso, y en cuanto al fondo, lo resuelto por esta Corte al final de la parte dispo- ,
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1906, CSJN Fallos: 104:127
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-127
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 104 en el número: 127 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos