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Fallos: 104:128 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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he 128 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE | sitiva de su sentencia de f. 7, de conformidad con lo establecido en los artículos 662 y 670 del Código de Procedimientos en lo Criminal, y en atención á las constancias de autos con relación al delito imputado al requerido, se confirma, oido el señor Procurador General, la sentencia apelada de f. 106. Notifíquese con el original y devuélvanse.


A. Berurso.—Nicavor G. DEL
SoLar.—M P. Danact.—C. Mo

YANO GACITÚA.


CAUSA XXXIII
Lerro Carril Gran Oeste Argentino contre la Dirección de Ferro Carriles Nacionales, por devolución de tna multa.

Recurso extraordinario.

Sumario: Alezándose para fundar un recurso extraordinario que el artículo 69 inciso 4" de la ley de ferrocarriles núm.

2873 es contrario al artículo 15 de la Constitución y resultando que el recurrente ha sido vido y se ha defendido en los procedimientos ante la Dirección General de Ferrocarriles, no existe en el sub-judice, caso concreto de desconocimiento de un derecho ó decisión contraria al mísmo, y de

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Año: 1906, CSJN Fallos: 104:128 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-104/pagina-128

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