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Fallos: 103:417 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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INFORME DE LA CÁMARA FEDERAL
Suprema Corte Evacuando el informe ordenado en el presente recurso de hecho, debo manifestar á V. E. lo siguiente:

Que en fecha 22 de Junio de 1903, se presentó don Santiago Sañudo por don Nicolás F. Vetere, demandando á los señores Basch Hnos. y J. Hallet Marshall, por falsificación de una patente de invención, que le ha sido acordada por la oficina respectiva por el término de ley, para un sistema especial de , cerraduras para cajas de fierro. Corrido traslado de la acción deducida lo evacuó con fecha 9 de Setiembre del mismo año don Jorge Hallet Marshall, sucesor de los señores Basch Hnos.

y Cia. pidiendo el rechuzo de la demanda, fundado en que la patente concedida á Vetere era nula por cuanto no habia podido otorgarse en virtud de la prohibición del art, 4° de la ley de patentes de 1864; como así también en la caducidad de lu misma, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 07 de la ley por ser las patentes de Vetere núms, 1915 y 191 exac- :

tamente iguales; agregaba también que las cerraduras embargadas, las recibió conjuntamente con varias otras en un cajón que le fué entregado por la antigua casa de Basch Hnos, y Cia. de la que es sucesor, Abierta la causa á prueba y con las producidas por ambas partes, se llamó autos para sentencia, por la que resolvió el Juez D. Astigueta absolver de toda culpa y cargo al querellado señor Hallet Marshall con costas al querellante, declarando nula la patente acordada ú Vetere, por ser contrarias ú los arts. 4? y 46 de la ley de patente de invención, dejúndole á salvo al querellado las acciones por daños y perjuicios que viere convenirle y que por derecho le correspondan.

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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:417 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-103/pagina-417

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