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Fallos: 103:268 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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278 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Y Considerando en enanto al pedido de concesión de los mismos.

Que el recurrente solicita se le eoncedan en ambos efectos desde el momento que pide remisión de todos los anteceden tes forma, por lo demás, determinada por la emusil «que lo motiva concretada en los incisos t y 7 del mt. 610 Procedimiento en lo Criminal, que en si requiere Ia suspensión de las deltzencias gestionadas hasta tanto se resnelva In ettestión de jurisdicción y de competencia promovida, muuxime cuando en el caso se trata del exhorto de au Juez de distinta Provincia que obliga con mayor Merza legal y por los Pue damentos expuestos mas nutes mantener etp toda sti integridalla jurisdicción que les está atribuida ú los jueves de la Provincia por In ley que es de orden público.

Que del informe expedido por el Inferior, resulta que mo obstante as consideraciones doctrinarias y legales iu ro ceden y la interposición de los recursos en tiempo por el Vicario General del anto por el ennl deeretaba el allannamíiento del Obispaño y el secuestro de la corona y del expreso pedido que en el memorial formalaba pura el caso de denegloria de la expedición de los testimonios de ley para ocurrir mute este Tribunal, dió toral cumplimiento nl difigemcinmiento del exhorto, ordenando la entrega de la corona secnestrnda juntamente con las actraciones veasiv:mdas nl comisiones por el Juez eshertante ú tal objeto, hallándose hoy bajo Ia ¡urisdieción de este y como piezas del proceso eriminal de que conoce.

Que radicado así el exhorto difipenciado ante la jurisdieción de un juez de distinta Provincia, la concesión de los recursos en la forma soliestada y única autorizuda legnimenpara el caso carece de objeto, en la ausencia de jurisdicción plena de este Teibuoal para exigir el camplimiento de su resolución en tal sentido 4 las autoridades de la Provincia de

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Año: 1905, CSJN Fallos: 103:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-103/pagina-268

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