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Fallos: 102:67 de la CSJN Argentina - Año: 1905

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CAUSA LI :
Gobierno Nacional con la Provincia de Duenos Aires. Recnr- l so de hecho en el juicio arbitral sobre extensión, ubicación y valor de los sobrantes del Parque 3 de Febrero.

Sumario.—1- No procede para ante la Suprema Corte los recursos de apelación y nulidad contra laudos pronunciados en | juicios arbitrales en que es parte una provincia.

No determinúndose en la escritura de compromiso el carácter de los árbitros nombrados, se presumen que lo fueron en el de arbitradores.

Cugo.— Lo explican las siguientes piezas:


DICTAMEN DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciem>re de 1904, Snprema Corte:

Un evidente error de hecho y una falsa apreciación respecto al caso, es lo único que explica el fundamento de la denegatoria dictada por el tribunal arbitral, de los recursos de nulidad y apelación ante úl interpuestos por el Sr. Procurador del Tesoro, en representación de la Nación.

Ese error ha consistido y consiste en el injustificado supuesto, de parte de ese tribunal, de que el negocio que se so

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Año: 1905, CSJN Fallos: 102:67 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-102/pagina-67

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