Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 101:336 de la CSJN Argentina - Año: 1904

Anterior ... | Siguiente ...

el importante rol de instrumentos pura la substitución de los referidos cajones, y como el instramento con el cual se ejecuta un hecho delictnoso, coparticipa de la unturaleza del delito, "según se desprende del art. 211 del Código de Procedimientos en lo Criminal, parece cierto que tales documentos deben ser considerados en el caso sab judice como justificativos de su existencia.

De los hechos y de lus constancias referidas del proceso resulta manifiesto que se ha efectuando nn contrabumdo medinnte ln substitución de la partida de 13 enjones vacíos por la de igual número de cajones con mercaderías, Resulta también:

1" Que la razón social Bigorra y Cía, que según los docu= mentos que corren ú Es. 11 22, reembareó de este puerto bajo su firma los 13 cajones de sombreros para la Asunción, es prrte antora del contrabando que motiva este protesto.

7 Que el capitán del vapor «Sajonia: Don Felipe Devin, está convieto y confeso de ser otro de los autores del mismo contrabuudo, habiendo substituido unos cajones por otros y des enrga lo indebidamente en Colastiné, lo que debió descurgne en la Asunción y vice-versa.

Que los armadores del +Sujonin» Sre, Kropf, tenían per= fecto conocimiento del fraude cometido, no solo por lo apues aparece de la confesión de fx. 75, sino también por las decharaciones que obran en el sumario de los despachantes los y "Tobal.

Por tales consideraciones prenso que corresponde en justicia, aplicar ú la ensa de Bigorra y Cin, las penas que establecen lus arts, 975 y 976 de las 0), de Aduana y al capitán Don Felipe Decin y al armador Don Enrique Kroff las penas prescriptas en los art. 9172, 60), MO y 505 de las mismas. Pido ú

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

52

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1904, CSJN Fallos: 101:336 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-101/pagina-336

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 101 en el número: 336 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos