" FALLOS DE LA SUPREMA CORTE 143. Se declara, oido el Señor Procurador General, mal denegado el recurso.
En su consecuencia, autos, debiendo el expediente permanecer en Secretaría por el término de diez días, comunes é improrroyables, 4 lus efectos del artículo 8 de la ley núm. 1055; señalándose los días Lunes y Viernes para que los interesailos .
concurran é la oficina á ser notificados. Notifíquese con el original y repóngase el papel.
NicaxoR G. DEL SoLan.— M. P.
Damact.—A. Benuro.
En disidencia:
Atento lo resuelto á fojas 143, y de conformidad con lo expuesto y pedido por el Señor Procurador General, se decara bien denegado el recurso interpuesto cuntra el auto de fojas 168. Háguse saber con el original Octavio Busar.
CAUSA UNXXVII
Roldan Dionisio contra la Provincia de Corrientes por inconetitacionalidad de impuesto de quias y devolución de dinero, Sumario.-—1" La circunstancia de ser anuales las leves de
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:30
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