lo pedido por el Sr. Procurador General;—no ha lugar ú la corrección disciplinaria que se solicita.
Notifíquese con el original, y archívese.
Octavio Bess. —NICANOR G. DEL Soran. — M. P. Damaer. —A HBnueso,
CAUSA CNI
Don Domingo Nereo y otros, en mulos con Ricardo Spengember y otros. Recurso de hecho.
Sumario.— Es procedente el recurso extraordinario autorizado en el artículo 11 de la ley 45, deducido contra una senten cia del Superior Tribunal de una provincia que deniega la excepción de incompetencia de jurisdicción opuesta invocando el fuero federal por razón de distinta vecindad, Caso.—Lo explican las piezas siguientes:
INFORME DEL SUPERION TRIBUNAL DE JUSTICIA DK ENTRE-RÍOS
Paraná Ayurto 25 de Jou.
A! Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia Nucional:
El que suscribe, Presidente del Superior Tribunal de Justi
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Año: 1904, CSJN Fallos: 100:303
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