á noventa y cuatro vuelta; satisfechas las de la instancia y repuestos los sellos, devuélvanse los autos.
SaLvaDoR Manía DEL CAnni.—FRAncisco DELcaDo.—Jost Barros Pazos.
—ManceLIno UGARTE...
0 —
CAUSA XLV.
D. Alejandro Paz contra Lamas, Regúnega y C', sobre desembargo, en recurso de queja.
Sumario—19 El auto no haciendo lugar á un desembargo pedido durante el curso de la causa, no infiere gravámen irreparable por la definitiva, 20 Los autos interiocutorios que no causan gravámen irreparable por la definitiva, no son apelables.
Caso—Lamas, Regúnega y Ca, demandaron á D. Ezequiel Paz, esponiendo haber entrambos comprado el vapor «Comercio del Rosario» para el servicio de una sociedad anónima, segun escritura pública.
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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:255
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