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Fallos: 1:231 de la CSJN Argentina - Año: 1863

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Por último, el señor D. Angusto Lopez ha sido sorprendido in fragonti delito, desde que ha sido uno de los que firmaban el manifiesto sedicioso, repartido en la campaña para sublevarla contra el Gobierno, perturbando la tranquilidad pública.

Luis Yeles.

En este estado, se pronunció el siguiente Auto del Juez Seccional.

Córdoba, Febrero 5 de 1864.

Don Luis Cáceres, ciudadano argentino y vecino de esta Provincia, se presenta ante este Juzgado Nacional, acompañando el titulo que lo acredita Senador Suplente al Congreso, y pide que se le ampare en las inmunidades que como 4 tal Senador le corresponden contra una órden de prision que se le ha intimado, por un señor Rodriguez, que se titula Gefe de Policia.

Pedido informe al Exmo. Gobierno de la Provincia sobre el hecho denunciado y sus motivos, espone, que en efecto se ha librado órden de prision por el Juez de Primera Instancia, contra el espresado señor Cáceres, por haber firmado una manifestacion sediciosa, desconociendo la autoridad legal del Gobernador de la Provincia, y en atencion A que dicho señor Cáceres ha dejado de ser Senador suplente al Congreso Nacional, en virtud de lo dispuesto en el artículo 61 de la ley de elecciones de 13 de Noviembre pasado que deroga «todas las leyes de elecciones nacionales anteriores ú ella, como tambien las que se refieren 4 suplentes de Senadores y Diputados».

Tales son los hechos que constituyen esta demanda. Para resolverla, ellos nos llevan al exámen y resolucion prévia de las dos cuestiones signientes :

1a ¿La derogacion de las Leyes sobre suplentes de Senadores y Diputados, importa la cesacion inmediata de estos en su carácter de tales? 21 Y en caso negativo—;la aparicion del nombre de un Senador ó Diputado al pié de un decumento impreso de carácter sedicioso,

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:231 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-1/pagina-231

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