Que le remite cópia de la solicitud del Senador suplente al Congreso Nacional el Doctor Cáceres, y del decreto en ella recaido, para que el Gobierno se sirva informar si son exactos los hechos denun-ciados, si ellos han sido mandados ejecutar por su órden, y en caso de afirmativa, si la érden de arresto ha sido librada 4 consecuencia de haber sido sorprendido infragenti el Senador Nacional Doctor Cáceres en alguno de los crimenes de que habla el artículo 61 de la Constitucion General; participando al Juzgado la naturaleza de ese crimen.
Saturnino M. Laspiur.
El Ministro a nombre del Gobernador centesla diciendo : La solicitud hecha por el Doctor Cáceres es idéntica á la que ha elevado el ex-Diputado Don Augusto Lopez en circunstancias iguales, y por lo mismo parece innecesario dar al señor Juez otra contestacion que la contenida en la nota dirijida 4 ese Juzgado con esta misma fecha.
Luis Velez.
La nota 4 que se hace referencia es la siguiente :
En contestacion 4 la nota de V. S. dirijida al Gobierno 4 mérito de la solicitud presentada por Don Augusto Lopez, para que se declare inconstitucional la órden de prision librada contra él, fundándose en su calidad de Diputado suplente al Congreso Nacional, 4 nombre del señor Gobernador digo á V. S.; que en el periódico El Imparcial se publicó un manifiesto suscrito por varios ciudadanos, en que se desconocia como autoridad legal al Gobernador de la Provincia.
Se ordenó al Juez de 12 Instancia y de 12 nominacion en lo Civil, porque el que desempeñaba la judicatura del Crímen era uno de los suscritores del manifiesto sedicioso, que procediese 4 levantar el sumario correspondiente.
Iniciadas las primeras diligencias del sumario, y con los antecedentes de derecho, el Juez libró érden de arresto contra varios de los suscritores del manifiesto, ordenando al sub-intendente de Policia, que la hiciese efectiva.
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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:229
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