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ARTICULO 96 .-RECURSOS. ALCANCE DE LA SENTENCIA
ARTICULO 96 .-Será inapelable la resolución que admita la intervención de terceros. La que la deniegue será apelable en efecto devolutivo.
En todos los supuestos, después de la intervención del tercero, o de su citación, en su caso, la sentencia dictada lo alcanzará como a los litigantes principales.
También será ejecutable la resolución contra el tercero, salvo que, en oportunidad de formular el pedido de intervención o de contestar la citación, según el caso, hubiese alegado fundadamente, la existencia de defensas y/o derechos que no pudiesen ser materia de debate y decisión en el juicio.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 25.488 B.O. 22/11/2001)
Ver articulos: [ Art. 93 ] [ Art. 94 ] [ Art. 95 ] 96 [ Art. 97 ] [ Art. 98 ] [ Art. 99 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 96 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 328 - Página 3806
- Fallos: Tomo 328 - Página 3810
- Fallos: Tomo 329 - Página 1891
- Fallos: Tomo 329 - Página 1898
- Fallos: Tomo 330 - Página 4237
- Fallos: Tomo 330 - Página 4250
- Fallos: Tomo 330 - Página 5326
- Fallos: Tomo 330 - Página 5341
- Fallos: Tomo 335 - Página 288
- Fallos: Tomo 336 - Página 1364
- Fallos: Tomo 330 - Página 184
- Fallos: Tomo 328 - Página 2488
- Fallos: Tomo 328 - Página 2489
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion >>
LIBRO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- >>
TITULO II - PARTES
- >>
CAPITULO VIII - INTERVENCION DE TERCEROS
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También puedes ver: Art.96 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela