- La exigida legalmente, en determinadas circunstancias, para asegurar una relación o situación sucesoria. Así, cuando al heredero se le imponga una condición potestativa negativa, o de no hacer o no dar (susceptibles de infracción en cualquier instante, por lo general), el heredero, y el legatario en su caso, cumplirá con afianzar que no hará o no dará lo prohibido y que, de contravenir *o dispuesto por el testador, devolverá lo percibido, con sus frutos e intereses (art. 800 del Cód. Civ. esp,).
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