- La posesión de las cosas muebles se toma únicamente ¡or la tradición entre personas capaces y consintiendo el actual poseedor en la trasmisión de tales bienes (art.
2.380 del Cód. Civ. arg.).
De no consentir el actual poseedor en la transmisión, se -toma por la ocupación. La tradición de bienes muebles no presentes se enti,:nde hecha por la entrega de los conocimientos, facturas y otros documentos o formas establecidos por el legislador mercantil; y de ser remitidos por orden y cuenta de otros, desde que la persona que los remita los entregue a quien deba transportarlos, si el comitente ha determinado o aprobado el modo de la remisión (art. 2,388). (v. TRADICIÓN DE INMUEBLES )
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual