Es el medio impugnativo a través del cual se manifiesta la relación jerárquica que caracteriza a la organización administrativa, ya que mediante este recurso es el superior jerárquico de quien haya dictado el acto perjudicial quien deberá resolver la impugnación. De esta manera se ejerce el control de juridicidad de los actos administrativos por toda la estructura jerárquica, y el administrado podrá conocer a través de la resolución la opinión de la máxima autoridad jerárquica del órgano administrativo. El recurrente podrá en esa instanciaampliar los fundamentos expuestos a fin de que el superior jerárquico resuelva en forma fundamentada y de esta manera quedará expedita la vía judicial.
El recurso puede ser interpuesto en forma subsidiaria con el de reconsideración o directamente una vez resuelto este, se presenta ante el órgano emisor del acto lesivo y este lo elevará a su superior para su resolución, es decir que se presenta ante el emisor pero se sustancia (pruebas, pericias, etc.) ante el superior quien será el encargado de resolver.
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