- Con esta denominación genérica comprende el tít. IX del lib. I de la Ley de Enj. Civ. esp. (arts. 376 a 410) los principios generales sobre las reclamaciones dirigidas, con carácter ordinario, contra las diversas resoluciones de los jueces y tribunales.
En el procedimiento penal, se correlacionan con los anteriores los arts. 216 a 238 de la Ley de Enj. Crim. (v. RECURSO ORDINARIO.)
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