- En la esfera del Derecho civil, la convención privada que mantienen en secreto las partes, lo cual no obsta a su eficacia siempre que concurra la licitud; pero que no surte efecto contra terceros y mucho menos sirve para desvirtuar actos que consten en documento público e incluso privado que sea conocido. En la contratación internacional, tratado, o cláusula del mismo, que los Estados signatarios se comprometen a cumplir aun cuando no den a publicidad. Por lo general, la causa de la ocultación proviene de la amenaza bélica que significa para otra nación o territorio, o del rubor que provoca anticipar el planeado reparto de las proyectadas conquistas.
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