Definición de PACTO SOBRE ACUSACIÓN


    Acuerdo que celebran la víctima de un delito o los parientes de la misma con el autor de la transgresión o los suyos, para evitar el comienzo o prosecución de un proceso penal, a cambio de alguna ventaja patrimonial, con la pretensión de eludir el escándalo u otra dañosa consecuencia para los perjudicados por el delito, o por simples móviles de compasión e indulgencia.
    Cuando de delitos meramente privados se trata, tales arreglos no encuentran reparos en los textos legales; pero si de delito perseguible de oficio es el caso, y contra una errónea creencia popular al respecto, el acuerdo entre víctima y autor, e incluso el perdón de éste por aquélla, no tiene trascendencia para paralizar el procedimiento, cual sucede en los casos de robo, cuya punibilidad no desaparece por la restitución que el ladrón efectúe. Si bien, producida cuando no existe ni denuncia ni noticia del delito, la prueba resulta prácticamente imposible y la esterilidad del proceso puede tenerse por segura.
    El pacto sobre acusación, para eludir ésta, puede perjudicar, en los delitos perseguibles de oficio, a quien los suscribe o acepta como autor; ya que, aun sin constituir irrefutable confesión, se le aproxima bastante y puede aducirse como fundado indicio de culpabilidad.
    El pacto acerca de acusación se encuentra prohibido incluso en Inglaterra, aunque en ésta subsista el juramento del acusado, que posee carácter simplemente facultativo y testimonial, (v. COMPOSICIÓN y tecnicismos penales en ella citados.)

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