- Corresponde mantenerlo, auxiliado en su caso por la Sala, a quien presida el acto judicial. Las faltas contra el buen orden, el respeto y la consideración debidos a los tribunales serán sancionadas en el acto de acuerdo con lo dispuesto sobre correcciones disciplinarias (v.e.v.), dispone la Ley de Enj. Civ. esp. en su art. 333. (v. además los arts. 438 a 446 del mismo texto.) Además, cuando las partes y sus defensores concurran a las diligencias de prueba e intervengan sin corresponderles, serán apercibidos por el juezf podrá privarles de presenciar el acto si insisten en perturbarlo (art. 575).
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