Definición de ARRENDAMIENTO REAL


    Convenio o ajuste de que antiguamente se valía la Hacienda pública para la recaudación de los impuestos y contribuciones, que era cedida a un particular o empresa privada durante determinado tiempo, por una cantidad alzada. El arrendatario obtenía como beneficio la diferencia entre ese ajuste y lo que, con rigor comprensible, recaudaba. Fué sistema tradicional de la monarquía española, hasta abolirlo Fernando VI, ya mediado el siglo xvin, y sustituirlo por el procedimiento de administración directa.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...