- Constituye el prototipo de los arriendos, y a él se refieren principalmente las indicaciones hechas en las voces ARRENDADOR, ARRENDAMIENTO y ARRENDATARIO. Se divide en dos clases, el de fincas rústicas, cuya finalidad es la agricultura u otra explotación del terreno, como la ganadería; y el de fincas urbanas, cuyo objeto principal consiste en servir de vivienda a los que no disponen de casa propia en un lugar. De no estar inscriptos en el Registro de la propiedad, estos arrendamientos no perjudican a terceros, (v. ARRENDAMIENTO RÚSTICO y URBANO.)
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