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Fallos: 98:170 de la CSJN Argentina - Año: 1903

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10 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE Resuelvo:

ir Se proceda por el doctor don Manuel Mugica Farías, apoderudo del síndico don Isidoro Elisondo, á la ocupación de todos los bienes de la Compañía de Seguros New York Life lasuranee C°., de sus libros, documentos y papeles, con intervención del actuario, librándose al efecto los oficios pedidos ú fs.

Se ordena lu retención de la correspondencia epistolar y telegrálica, dirigida ú la mencionada compañía, ú cuyo efecto se librará el correspondiente oficio ú la Dirección General de Correos.

3 Se prohibe hacer pagos ó entregas de efectos á la misma Compañía. so pena de no quedar exonerados los que lo hicieren, de las obligaciones pendientes á favor de la masa.

49 Intímase ú todas las personas que tengan bienes ó documentos de la ya expresada Compañía, para que los pongan 4 disposición de este Juzgado, bajo apercibimiento de ser tenidos por ocultadores de bienes y cómplices ea la faluncia.

5" Pablíquese por edictos por diez días en el Boletín Judicial y La Nación, la prohibición decretada en el punto 3 y la intimación ordenada en el punto 4. Fecho todo lo consignado, vuelva al despacho para proveer de conformidad á lo dispuesto en el art. 35 del Tratado citado en esta reso lución.

Tiénese por parte y constituído el domicilio al doctor Mugica Farías como representante del síndico Elisondo, ú mérito del testimonio de poder acompañado, ú los efectos dei cumplimiento del precedente exhorto, José A. Viale Ante mi: Juan B. Estrada.

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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:170 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-170

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