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Fallos: 97:78 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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da; y dice también que su agencia no eomserva libros, libretas ni guías de años anteriores, fs. 85 vta, Requerido el mismo, para que explique cómo es que las mercaderías relacionadas en esas «uías de removido, eran las mismas que se conteaías en los traslados N"s 359, 559 y 300 de fs. 181, 1852 y 174 fechadas también en Octubre de 1590, con destino ú Uraguayana, contesta, Es. 85, que le cra impo sible dar explicación de ese hecho, ereyendo que talvez hubs error en el dependiente que no anuló una operación para efectuar otra. La mismo resprnde respecto del trasbordo N" 470 de Diciembre de 1890, Es. 169, y guía de removido N 578, fs, 170, p e, reconociendo que coinciden las mercaderías solicitadas en tránsito para el Brasil, con las de removido para Libres, así como los demás trasbor los y guías coreespoldientes á los años 159) y 15), respecto de lo cual tampoco puede dar expiicaciones, Interrogado Don Mate» Iglesias, fs. 93, para que explique cómo es que las mercaterías comprendidas en el trasborlo N> 451 de fs. 19), ler cuerpo, para Uraguayana, solicitado por él, se contienen en la guía de removido N" 551, Es. 209 Contesta: Que la guía de removido mo ha sido solicitada por él, sinó p»: J. Mas Lal y Civ, Sin embiryo el Perro Cerril solo ha transportado las relacionadas en he guía.

Izual interroyación se hace ú Don José Solari, solicitante del trasbordo No" 117 de fs. 272, por aparecer que las mereaderías de este trastordo Mero introlucidas ú Libres, terraorio argentino, con la guía de removido tramitada por Jorge Mac Leol y Cia, bajo el No 733, corcizate á f. 279, y Solari no» presenta documento ai constancia de haberse introducido en Uruzuayana lo solicitado de tránsito, ni puede indicar el esasigantario, ni explicar el hesto de ie las misas merciderías ú Libres, fs, 95 del mismo e".

El Guarda Benjamín Hazman á Es. 9 via y 96, declara

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:78 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-78

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