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Fallos: 97:22 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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2 FALLOS DR LA SUPREMA CORTE ra sería impuesta, si esa cnusa resultase por guerra, desastre de mar ó de toda otra fuerza mayor, sin contarse como tal, la que proviniese del viento ú de las aguas de lluvia, art.

É 10; Que antes del 1" de agosto de 1890 se entregarían 15 | galpones, y los 14 restantes el 1- de enero de 1891, bajo las penas estipuladas y el premio de 2000 $ oro par cada gulpón que quedara concluido antes del 1' de octubre de 1589; art. 25; Que el precio sería el de $ 73280 min oro por cada uno y, finalmente, que en garantía de las obligaciones con traídas se descontaría el 10 ojo de cuida certificado, hasta que este descuento, más el depósito, importaran el 4 ojo de la suma de adjudicación, todo lo que se devolveria con el último certificado de pago; art. 9 y 26.

Que este contralto fué transferido por Goicochea y Castro ú los demandantes Mee Billing y Cia, y Arroll Brothers, con aprobación del Gobierno. serún decreto de 6 de octubre de 1890: escritura de fs. 26.

Que este contrato quedó modificado por decreto de 30 de setiembre de 1891, de conformidad con lo propuesto por los referidos señores Mec Billing y Cia. y Arroll Brothers Limited, otorgandose, con tal motivo, con fecha 10 de octubre del mismo año, la escritura pública ú que se refiere el testimonio de fs. 36, en la que se establece que se construirian solo cuntro galpones ú la mayor brevedad, debiendo entregarse cada uno en el momento de estar concluido para su explotación por el Gobierno, y que una vez pagado su valor, se podria exigir la construeción de otros dos mús y sucesi vamente otros del mismo modo, pero debiendo antes del 21 de abril de 1893, acordarse con los contratistas 6 sus representantes la época en que se deberian construir los demás, hasta completar el número de los 32 convenido en el primitivo contrato, dándose garantías satisfactorias para su abono ú, en su defecto, indembizarse los perjuicios que sufran,

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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:22 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-22

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