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Fallos: 96:393 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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CAUSA CUCI
Don Tristán A. Malbrán y otros contra Don Heraclio Román, sobre deslinde. Recurso de hecho.

Sumario. —No habiéndose enestionado en el pleito la inteligencia de alguna cláusula de la Constitución ó de un tratado ú ley del Congreso ú una comisión ejercida 2n nombre de la autoridad nacional, no procede el recurso extraordinario autorizado por el art. 11, inciso 3, de la ley núm. 48, contra sentencia de Cámara Federal que, fundándose solamente en disposiciones del Código Civil, declara ineficaz como instrumento de trasmisión de derechos un título de propiedad; y ello, aun cuando la sentencia recurrida haya sido pronunciuda en una de las causas ú que se refiere el art. 21 de la ley núm. 1055.

Caso. - Resulta del siguiente
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, Noviembre 22 de 1902.

Autos y Vistos: Para resolver si procede ó no la admisión del recurso directo que, por apelación denegada, ha traido ante esta Suprema Corte Don Avelino Rolón en representación de Don Tristán A. Malbrán y otros, contra una sentencia de lu Cámara Federal de Apelación de Córdoba, en el juicio ú que se refiere, De lo actuado resulta:

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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:393 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-393

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