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Fallos: 96:36 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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a80.—Resulta de las siguientes piezas:


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Trátase de una acción ejecutiva por cobro de ho, varios contra el recurrente Don Félix A. Vechiarelli, Esa acción ha sido iniciada ante el Juzgado de lo civil de la justicia ordinaria de la Capial, por haber alli tramitado y fenecido el juicio principal en yne los honorarios fueron devengados.

Resulta, entonces, que el actual es un incidente de la cansa principal, que debió ser resuelto, como en efecto lo ha sido, por la justicia ordinaria, de acuerdo con la jurisprudencia constante establecida en los fallos de V. E. que se registran en el tomo 23 pág. 359 , en el tomo 9 pág. 90 y en otros que han establecido jurisprudencia al respecto — El caso, no estando comprendido en ninguno de los incisos, es regido esplícitamente por el artículo 1 de la ley de 150 sobre competencia nacional, que, en armonía con lo prescripto en el inciso 4" del artículo 12, prohibe el ejercicio del fuero federal en las causas radicadas ante los Tribunales le Provincia ú de la Capital según la ley ampliatoria de 18 de Setiembre de 1881.

Como el recurso para ante V. E. solo se establece en el artíenlo 6 de la ley 1055 respecto ú las sentencias definitivas en los casos previstos par el artículo 11 de la ley n' 19, el dela cido ante la Exema. Cámara á fs. 109, ha sido bien denegado, resultando improcedente el de hecho traido directimente ante

Y. E.
Agusto 16 de 1902 Sabiniuno Kier.

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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-36

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