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Fallos: 95:407 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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sin invocar el fuero federal, no procede el recurso extraordinario autorizado por el art. 11 inciso 3 de la ley número IS, contra la sentencia definitiva que declara ú aquélla de la competencia de la justicia federal.

Caso.—Lo explican las siguientes piezas:


AUTO DEL JUEZ DE 1° INSTANCIA DE LA CAPITAL
Buenos Aires, abril 1 de 1902.

Autos y vistos: Notando el Juzgado que la presente demanda no es de la competencia del Juzgado y que sólo ha podido tramitarse en la urgencia del despacho proveyendo por el Juzgado del doctor Posse, á quien este asunto corresponde y pertenece; atento lo dispuesto por el artículo 3' del Código de Procedimientos, ocurra el interesado donde corresponda y comuníquese por oficio, en contestación, esta resolución al señor presidente de las Obras de Salubridad ú la nota precedente, Repóngase Ia foja. Provee el suscripto por autorización superior.

Méndez Paz.

Ante mí— Austin Saxso,
DICTAMEN DEL SEÑOR FISCAL DE LA CÁMARA
luenos Aires, mayo 21 de 1902, Excma Cámara:

Don Samuel B. Turner entabló el interdicto de retener contra el presidente de la Comisión de las Obras de Salubridad, porque se le exigía que cegase el pozo que tiene en la casa de su propiedad.

Decretado el comparendo y la suspensión de 11 obra, el Juez se apercibe de su incompeteacia y así 1) declara, de cuyo au

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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:407 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-95/pagina-407

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