Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 95:122 de la CSJN Argentina - Año: 1902

Anterior ... | Siguiente ...

CAUSA LXXVII Don Jorge Prenmaticos contra doña Carolina Viola de Broqua, por nulidad de donación y derolución de dinero: sobre competencia.

Sumario.—En la demanda promovida ante los Tribunales loeales por un argentino contra una arentina casada con extranjero, procede la excepción de incompetencia que éste oponga invocando el fuero federal por la diversa nacionalidad de las partes.

Caso.— Resulta de las siguientes piezas:


AUTO DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
Buenos Aires, mayo 2 de 1895.

Vistos: Considerando respecto de la excepción de incompetencia:

1. Esta excepción se funda en que el actor es ciudadano arzentino y en que la demandada, aunque es argentina de nacimiento, sigue en este caso la nacionalidad del marido que es extranjero. Tal teoría enrece en absoluto de fundamento legal, pues en vano se buscará en nuestra Constitución ni en ninguna de nuestras leyes una sola palabra que la autorice, 2, El art.l°de la ley de 15 de Octubre del año 1869 establece que son argentinos todos los indivídues nacidos ó que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

80

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1902, CSJN Fallos: 95:122 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-95/pagina-122

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 95 en el número: 122 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos