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Fallos: 95:119 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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La empresa manifiesta, á su vez, que los referidos terrenos le fueron donados por el Gobierno Nacional con destino ú la estación central del Rosario, en virtud del contrato de concesión aprobado por ley del Honorable Congreso, sancionada el 23 de mayo de 1853, y azreza que el Gobierno Federal obtuvo aquellos terrenos por expropiación que hizo al tutor de la menor Piñero.

La empresa demandada, en mérito de los hechos expresa.

tes, que han sido comprobados en autos mediante el testimonio que obra de f. 165 4 177, entiende que los terrenos en cuestión le pertenecen en cumplimiento de una ley del Congreso y de actos administrativos verificados por el Gobierno Nacional, por lo cual el conocimiento de esta causa debe co.

rresponder al fuero federal, de acuerdo con lo dispuesto en los ine. 1 y 4 del art. 2 de la Ley sobre Jurisdieción y competencia de los tribunales nacionales, de 14 de setiembre de 1863.

Para determinar si el caso sub judire debe someterse ú Ia justicia federal, necesario es investigar, previamente, si este juicio está regido ó nó por una ley nacional y si este pleito tiene por orígen ó fundamento, actos administrativos del Gobierno de la Nación.

El contrato de concesión ú que hace referencia la empresa demandada, estableció en una de sus cláusulas «que todos tlos terrenos ya sean nacionales ó provinciales ó del dominio «privado que se requisiesen para el camino, estaciones, mueelles, depósitos de carbón, almacenes para la carga, oficina de «fabrica, de depósito de agua y demas dependencias del Ferro«Carril, serán donados por el Gobierno ú la Compañía, debien«do ponerla en posesión de dichos terrenos tan pronto como «ella lo necesitase y quedando obligado el Gobierno ú defen «der y sanear la propiedad de ellos, en todo tiemgo y contra «todo reclamo, de cualquier clase ó naturaleza que fuere.»

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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:119 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-95/pagina-119

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