CAUSA 11 Federico y Antonio Firpo y oros, contra la Municipalidad del Rosario de Santa FS, por eroropiación: sobre desposesión yréria y competencia Simario.—La venpación previa á la expropiación, que la ley autoriza en casos de urgencia, es un incidente del juicio de expropiación. Por consiguiente, uu Tribunal de Provincia, enya competencia para conocer en lo principal se disente, no puede ordenar el desalojo, mientras no esté resuelta la cuestión de competeneióa, Caso.—Lo indica el signient + ATO DE LA CÁMARA DE APELACIONES Rosario, Abril 17 de Tanl, Y vistos: La apelación deducida por la metmieipaldiad de esta cimbul contra el anto de fs, 1:33 vuelta á Es. 135 vielta, Y considerando:
1 Que sezún el art, 16 dde la ley de expropiación de la provineia, en los casos de urgencia el poder público puede hacer la ocupación de los terrenos sujetos ú expropiación desde la consignación ú favor del propietario, del precio ofrecido y no aceptado, cuedando ambos obligados ú las resultas del juicio.
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:440
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