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Fallos: 94:32 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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foja 59, que si pidió presio por mmsermro de 6 meses era qa ra concertar las condiciones ono se do huría De lo elieho resnlia que existió acuerdo de voluntades sobre el seguro y bajo Las bases ade sees mesos de aluración, al tipo de 4 por ciento y por capital de Libras 95025 Y ales opunes ens ansú, mee eratose obrneloa, aLecsalie oprris Murió eel seroos" Milano vieh ue inició La nezoaión °npres.amelo str elesio ee «pue se hiciera el seguro porfi meses y más tarde prestó str cons timiento pura que Mera el precio del 4 porciento, Luego, ateato ho alispuesto por los metículos 215, 215 y 515 del Códizo de Comercio. existo el contrato de seguro en las romdieienes especificadas Adems, es salódo que eou arcecdo al artícalo HOT del Códi20 Civil, Las comveneiomes de Ets puríos Pormr pura ellas mia regla 2 La ep letra senior eso eempoo dí dan Loy amis Por tambor, Milimowieh quedó etilizcado em los señores D.

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De la prmebo remeída mo proede decirse ca rigor de verdad, o Mpreose Taeyan cen poretcieles, cinpragoliebineerate, 1 meeTAtO Debo imereearso, jrzemmelo soler eb serra, equis me som iiem elíbles las ofjeciómmes Pormiladas por Milurmovich, set La proproorestoniniadcobcnod obeol emagritiad y dr prono, provegonce"eesen prreopunreienmndi== «lud resmbra explicaba ú fija. pool heeieos de tomar - tos

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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:32 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-94/pagina-32

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