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Fallos: 93:360 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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2650 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
E FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, diciembre 17 de 1901.

Vistos y considerando : Que en la escritura que en testimonio corre á foja ciento cinco, se acredita que los contrayentes convinieron expresamente que el demandado Perotti tomaba ú sai cargo el pago, durante el tiempo del contrato de locación, de los empedrados que pesasen sobre la finea, estipulándose que el locador no abonaría cosa alguna por tal concepto, E Que la convención contenida en la mencionada escritura, relativa á la tradición de la cosa, surte entre las partes los efeetos legales, Por estos fundamentos y concordantes de la sentencia apelada de foja ochenta y una, se confirma ésta, con costas, Notifiquese con el original, y repuestos los sellos, devnélvanse, BENJAMÍN PAZ. — ABEL BAZÁN. — Octavio BUNGE, — NICANOR G, DEL SOLAR. — M. P. DAracrt.

CAUSA XDIV
Eugenio Maresco y compañía contra don Pedro Christophersen E agente de la « Prince Line » ; sobre averías Sumario, — 1 Si en la cobranza por averías se desconoce úni| esmente la obligación de pagarlas en la parte en que se dicen

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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:360 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-360

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