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Fallos: 93:282 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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282 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, diciembre 10 de 1901, Vistos y considerando: Que la existencia en poder del de mandado Callaba del documento de donación otorgado por el gobierno de la provincia de San Luis en noviembre de mil ochocientos sesenta y seis á favor de don Remigio Suaste ; el instramento privado, de enero de mil ochocientos setenta y tres por el que Suaste aparece transmitiendo á favor de Callaba los derechos derivados de dicha donación por el precio de ciento ochenta pesos bolivianos; el mérito resultante de la operación pericial en mayoria, sobre cotejo de firmas, que por acuerdo de partes se encargo á don Antonio E Trasasquí, don Luis Pinto y don Rafael León (fojas ciento sesenta y seis y vuelta, ciento ochenta y cinco, ciento ochenta y meye y ciento ochenta ymeve vuelta), y de la que resulta que la firma púuesta al pie del expresado instremento privado es en realidad del actor Smaste (fojas doscientas tres y doscientas eíneo): la posesión pú blica y pacitica que ha tenido Callaba, á titulo de dueño, desde el mencionado año de mil ochocientos setenta y tres, ejerción dola aún en presencia de Suaste durante varios años, con la partientaridad de entrivs; con éste relaciones amistosas, que implican trato hasta cierto punto, según resulta de la prreba testimonial producida al tenor del interrogatorio de foja ciento setenta y no, y de la confesión de Suaste, prestada d foja cien to ochenta y una vaelta, y otras cirenmstancias concurrentes que se registran en los antos, importan una serie de hechos comprobados, y que por sit valor probatorio en conjunto, no pueden sino traer el convencimiento de que entre Suaste y CaHaba se convino en efecto, enel contrato sobre transmisión por precio cierto de que habla el citado instramento privado,

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Año: 1901, CSJN Fallos: 93:282 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-282

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