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Fallos: 92:71 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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DE JUSTICIA NACIONAL 7 , pidio se lo exmbiaran, Esta sola cirenmstancia habría sido bstante en su favor, pero todavía viene en sirapoyo la declaración de an testigo preseneñal, Carrera, quien dice que pregunto en voz alta, si ese billete serra falso, lo que conenrre ú probar que ho pretenidio empraiiiar al bameo (oja 17).

1 Que en emmpto al billete que dío a Fernández y que éste le devolvió després, no consta que hbiera sido fiso, mí tam poco que Campins lo hubiera recibido como tal, por consiguen:

te no le incumbe responsabilidad algana, y si bien es cierto que blo ha reconocido así, esto suecdió després de la reclamación del sastre pero no antes.

5 Respecto al tercer billete que dice Moroni le entrego a él ho hay prueba alguna de sir falsedad. Agír se niega por el pro cesado hasta he eirennstaneia de que el billete que cier mquél Imbiera sido tachado de falso por Moroni mismo y menos res ponsabilidiud sarge en contra del procesado, 67 Que si bien es verdad que la cirentaeión de mn billete de elarado falso, siendo un delito previsto, hace presimir que se | ha practicado con intencion eriminal, está presunción desipra rece mediante otras presunciones contrarias como las que existen en antos, y sobre todo tiene por base el conocimiento del hecho de la falsedad del billete el que no está comprobado ó más bien aparece contrario de sti confesión y de la declaración :

del testigo Carreras, pues esa eirentación, para que constituya :

delito debe ser voluntaria y consciente (artículos 63, ley del 6:53 , y 6, Código Penal, y además 10 debe perderse de vista que el ánico billete declarado falso en este juicio y sobre que versa la acusación fiscal es el que entregó el procesado 2 la Amaya que luego leyo al banco ú preguntar si era falso y que corre á foja ... el billete dado á Fernández no forma parte de la nensición.

En su mérito y definitivamente juzgando, fallo : absolviendo de toda culpa y carge sI procesado don Mignel Campins, Hága

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:71 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-71

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