CAUSA CDXNII
Eloy Ayala contra E. €, Hardy y compañía, por daños y perjuicios sobre defecto legal en el modo de proponer la demanda t Sumario, — El hecho de no haberse citado por el demandante la ley aplicable al caso, _no puede constituir la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demana, Caso, — Resulta del siguiente —
FALLO DEL JUEZ LETRADO
Resistencia, marzo 19 de 1805 Y vistos: Estos antos traídos al despacho para resolver las excepciones de defecto legal en el modo de proponer la demanda y de arraigo del juicio fandadas en los artículos 84 y 85 del T Código de Procedimientos, Considerando, respecto á la primera excepción : 17 Que ella procede tan solo enando se ba omitido enalquiera de los requisitos ó cirennstaneias que debe necesariamente contener la deA manda para que ses admisible con arreglo á la ley, entendiéndoE se por estos requisitos, los que se refieren al modo y á la forma E de proponer la demanda, más no al fondo y objeto de ella, E L
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:260
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