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Fallos: 92:228 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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228 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE del Campo (foja veinte y cinco y siguientes de los autos refe ridos).

Tereero : Que no hay en antos prueba de que el doctor del Campo ses el propietario ó verdadero poseedor del inmueble, debiendo, por el contrario, presamirse que no tiene al menos exste último enrácter, en vista de no habérsele hecho Ingar á la demanda por desalojo, de que instruye el testimonio de foja «diecinueve promovida contra Villoldo, Por estos Mndamentos y de acuerdo con lo dispuesto en el articulo enatrocientos enarenta y -—eineo del Código de Procedimientos de los tribunales de la Capital, aplienble en la jmsticia federal, en virtud de la tey número tres mil setecientos setenta y cinco, se confirma, con costas, el anto apelado de foja cinenenta y enatro, Notifíquese con el original, y repnestos los sellos, devnelvanse, :

BEXJAMÍN PAZ. — ABEL BAZÁN. —
NICANOR G, DEL SOLAR, — MAURE
cto P. DARier,

CAUSA CDVI
El doctor Heraclio G, Gómez contra el Banco Nacional en liquidación, por cobro de honorarios Sumario. — No habiéndose acreditado el convenio en virtud tel enal se pretende no estar obligado al pago de determinados

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:228 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-228

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