y 226 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
CAUSA CDV
Don Martín Villoldo contra don Juan Dell Aqua, por retención de hacienda ; sobre embargo preventiro Sumario, — 1 El embargo preventivo ordenado por juez incompetente es válido si él ha sido dictado con arreglo á las disposiciones legales, 2 La circunstancia de hallarse los animales embargados, en el momento de Nevarse á cabo esa diligencia, en esmpo del que solicitó el embargo hace verosímil ana relación de derechos entre éste y el dueño de aquéllos, Caso. — Lo explica el siguiente
FALLO DEL JUEZ FEDERAL ,
La Plata, julio 19 de 1901, Vi os: El incidente de desembargo promovido á foja 233, Y considerando : 1 Que aunque el embargo preventivo de que se trata ha sido ordenado por un juez incompetente, él es válido por haber sido dictado con arreglo á las disposiciones legales (artículo 463 del Código de Procedimientos de la Capital incorporado al procedimiento federal).
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:226
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-226
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