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Fallos: 91:260 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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E NTE O CE MENO NTE
r Caso. — Resulta del siguiente INFORME DEL JUEZ LETRADO. — General Acha, agosto 23 de 1901. — i _ Suprema Corte : Se trata de un juicio rjecntivo que por cobro de arremdaE mientos sigue doña Leonilda E. de Retriguez contra don Cosme Saperi y 5 en el cual la parte del ejecntuo «puse tas xcepriones de falta de perso nería y de puro, Nechazadas éstas se manda levar adelante la ejecnción en senteneia de remate prontnciada el 31 de julio último, la que Mé apelada por el recireente, no habiéndose concedido el recurso on atención ú que dicha parte ho ofreció prueba alguna para justificar las escepeienes eeametdas y de conformidad econ el articulo 501 del Codigo de Procedimientos, del que elaramente se desprende, ú juicio del infruseripto, que para que la sentencia de remate =ea apeleble se requiere conjuntamente que se hayan optesto excepciones € intrulado probarlas, — E. S. Beltrán, Fatro DE LA SUPEFEMA Conte, — Iuenos Aires, agosto 27 de 1901, — Vistos en el acuerdos Por lo que resulta del precedente informe y fediendo en consideración que la sentencia de remate sólo es aywelable emzansde se hayan opnesto excepciones E intentado probarlas, según lo dispone el urtícnto quinientos nue del Código de Procedimientos de la Capital vigente en los territorios navionales (artículo treinta y siete de la ley de organización de los territorios nacionales), y no habiéndose intentado probar Jas excepciones alegrulas el resina vs impracedonte, Por este se declara hien denegado el reenrso, — Notifíquese con el original y repuesto el papel remitanse estas setinieiones al juez ee La ent para st agregación a los autos principales. — BENJAMÍN Paz. — Aut Hazás. — OCTavio BENGE, — NICANOR 65. DEL Sobaft. — Maritieio Po y Danact.

CAUSA CULNNNVI
Camilo Bolla eu autos con el fisco, por robro de pos obre apelación denegada Sram. — En el procedimiento de apremio d que está sometido el robro de los impuestos internos, nó es apelable la sentencia que ordena la venta de los bienes ejecutados, Caso. — Resulta del signiente FanLo DE LA SUPREMA Colt. — Buenos Aires, agosto 27 de 1901, — Vistos en el acuerdo : Resultando de la propia exposición de la parte, que se trata de un juicio por cobro de pesos, proveniente de impuestos interhos, y estando estos juícios sometidos al procedimiento de apremio, según lo establece el artículo veinticinco de Ia ley tres mil setecientos sesenta y cnatro, en los enales no es procedente el recurso de apelación, según resulta del artículo trescientos veinte de la ley de procedimientos y de la en —

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Año: 1901, CSJN Fallos: 91:260 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-91/pagina-260

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