E FALLOS DE LA SUPREMA CORTE :
É ha puesto los medios que el mimo secretario le indicara para presentar en-tiempo la prueba.
Por estas consideraciones y de acuerdo con el fallo de la Suprema Corte, en la serie 4", tomo 14 pág. 257 , no se hace Iugar á lo solicitado en el precedente escrito, Repónzase. — Daniel Coytía, FALLO DE LA SUPREMA CORTE.— Buenos Aires, mayo 18 de 1901,— Vistos y considerado : Que con arreglo al artículo trescientos de la les de proce «dimentos, sólo son apelables en el juicio ejeentivo los autos que se declaren tales en dicha ley, Que no se halla entre los declarados apelables, el anto foja sesenta y nueve.
Que por otra parte, el juez de la ennsa puede traer ú la vista el expe diente 4 que se reflere la solicitud de foja cinenenta y cinco, sí lo conside ra pertinente y útil para la resolución, For esto, se declara mal concedido el recurso interpuesto á foja setenta y dos, Notifíquese original y repuesto el papel, devnélvanse.— BENJAMÉN Paz, — AÑnEr Hazán. — Ocravio BrxoE, — JUAN E. TORRent,
CAUSA UNNVI
Tanco de in Nación Argentina contra don Juan Uranga y otro, por cobro de peros sobre excepción de inhabilidad de titulo SUMARIO, — No procede la excepción de inhabilidad de títalo si la firma que suscribe el dormuento que sirve de hase dla ejecución se dió por reconocida, vencido el término señalado á sus efectos bajo apercibimiento; y no labiales srygivicdo de Falsos los instrumentos de la misa no es provedente la recepción de La esmmeo 4 prreba, Caso, — La indiea el siguiente Faro rt. JUEZ FEDERAL. — Buenos Aires, noviembre 15 de 1900,.— Y vistos : para resolver la excepción de inhabilidad de título opresta por el ejeentado en st escrito de foja... y considerando : Que con fecha 22 de mayo de 1900, el juzgado ordenó compareciera el ejeentado á fin de reconocer la firma puesta en el documento de foja E, señalando para ese seto la andiencia del día 2 de junio del mismo año, bajo apercibimiento de diúrsela por reconocida en si rebeldía, sí dejara de comparecer sin justa ento.
Que en el día designado al ejeentado Uranga dejó de comparecer según se comprueba por el certificado del netuario de foja...
Que con fecha 11 de julio, haciéndose efectivo el apercibimiento deeres tado y en mérito del informe del actuario de foja 25, el juzgado le dió por reconocida la firma, dictando anto de solvendo. —Que resulta, por consiguiente, notoriamente falsa la afirmación del eje ñ entado se haya dado por heeho ese reconocimiento en rebeldía, antes de la fecha señalada para ese neto.
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:306
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