CAUSA XLIII
Recurso de queja, de D. Apolinario Benitez, contra el Juez Nacional de Buenos Aires.
Sumario. — 1 El cumplimiento de las dilijencias de prueba debe pedirse dentro del término probatorio.
Y El término para alegar de bien probado no corre penmente la resolución sobre el derecho de practicarse las pruebas pedidas dentro del término.
Caso. -- En la causa seguida por D. Apolinario Benitez, contra D. Roberto Lange, por falsificacion de billetes de Banco, se suscitó un incidente sobre si estaba ó no ven cido el término de prueba.
Este incidente fué definitivamente resuelto por el fallo de 1 Suprema Corte en el que entre otras cosas, se declaró no poderse conceder un término mayor de 30 dias para producir pruebas dentro del municipio Vencido este término y estendido por el actuario el relativo certificado, poniendo los autos en la oficina á los objetos del art, 177 de la ley de Procedimientos, Benitez se presentó esponiendo que había algunas diligencias de prueba pendientes, como el reconocimiento y cotejo — pericial de los billetes, los que habian sido solicitados durante el término; que su no cumplimiento no podía perjudicar sus
Compartir
71Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1870, CSJN Fallos: 9:86
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-86¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 9 en el número: 86 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
