DE JUSTICIA NACIONAL 303 deracivnes que sustentan el auto recurrido de foja 26, y su correlativo de foja 20. Por vllo, pido á V. E. se sirva confirmarlo por sus fundamentos, Sabiniano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Diciembre 24 de 1900, :
Vistos y considerando: Que la informacion producida sólo acredita la distinta vecindad de las partes, sin haberse justiticado la nacionalidad de las mismas, requisito necesario en el caso, pues como lo tiene resuelto la jurisprudencia de esta Suprema Corte, el fuero federal por razon de la diversa vecindad de los litigantes sólo comprende á los ciudadanos argentinos.
Por esto, de acuerdo con lo pedido por el señor Procurador general, y fundamentos concordantes del auto de foja veintiseis, se confirma, con costas, el apelado de foja diecinueve vuelta.
Repuestos los sellos, devuélvanse.
y BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
JUAN E. TORRENT.
CAUSA Dri El Banco Nacional, en liquidacion, contra don Manuel Ocantos, por cobro ejecutivo de pesos; sobre excepcion: dequita.
Sumario. — El concordato celebrado por los acreedores de la sociedad, no afecta á los acreedores particulares de los socios, si nada se estipuló entre las partes en tal carácter.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:363
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