Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 88:390 de la CSJN Argentina - Año: 1900

Anterior ... | Siguiente ...

e Fallo del Juez Federa:

Rosario, Diciembre 7 de 1899, Vista esta causa criminal

1° Que los mencionados sujetos, segun consta de las diligenÉ cias de fojas 2 y 4 fueron detenidos por el comisario de órdenes de Villa Casilda, departamento de Caseros, en esta provincia, E ante el cual declaran en presencia de testigos, lo siguiente:

Juan Cuces que conoce el motivo de su prision, que proviene de haber cambiado un billete de 10 pesos falso en una talabartería deesta Villa, comprando un tirador, y que su compañero Fugenio Mensi tiró otro billete de 10 pesos falso secuestrado por la policía. Respecto á la procedencia de ambos billetes dice que un tal Antonio, cuyo apellido ignora, se los dió en la calle de Gúemes diciéndole: « aquí tienes dos », y que esta persona nolo cenocía; que otro individuo, tambien llamado Antonio, sin conocerlo ni saber su apellido y sabiendo que no tenía trabajo, le dijo que le presentaría á una persona para que le ayudase, siendo ésta el primero que le dió los billetes que hubo aceptado por encontrarse sin dinero. Agrega en su exposicion que Antonio, el que le dió los billetes, le dijo que venían de Buenos Aires 69.

Eugenio Monsi, por su parte, declara que su prision ha sido motivada por un billete de 10 pesos falso que le dió el individuo Juan Cucco, cuando llegó á Villa Casilda, para que lo cambiara

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

50

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1900, CSJN Fallos: 88:390 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-390

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 88 en el número: 390 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos